La Junta de Mercado de Capitales (CMB) publicó un comunicado tras las nuevas regulaciones en materia de criptoactivos.
CMB preparó las páginas en spk.gov.tr, donde se enumerarán los proveedores de servicios de criptoactivos y aquellos que decidieron liquidar, y agregó los formularios de solicitud al final de su anuncio.
El CMB informó que la “Ley de Modificación de la Ley de Mercado de Capitales” número 7518 entró en vigencia luego de ser publicada en el Diario Oficial número 32590 de fecha 07.02.2024. Con esta regulación, los proveedores de servicios de criptoactivos que operan o operarán en Turquía quedaron bajo la autoridad regulatoria y de supervisión del CMB.
Dentro del alcance de la regulación, todo tipo de entornos donde se realicen una o más de las actividades de compra, venta, compensación, transferencia de criptoactivos y el servicio de almacenamiento requerido por los mismos y el almacenamiento y gestión de criptoactivos o claves privadas que proporcionen el derecho para transferir desde la billetera a estos activos se llevan a cabo como una ocupación habitual, actividad comercial o profesional. cayó dentro del alcance del anon. Se tomarán medidas contra quienes no cumplan con las obligaciones especificadas en la ley.
De acuerdo al artículo transitorio adicionado a la Ley, quienes realicen actividades de prestación de servicios de criptoactivos a la fecha de entrada en vigencia de esta Ley, realizarán las solicitudes necesarias para obtener un permiso de operación solicitándolo a la Junta con los documentos que se determinen. por la Junta, dentro del mes siguiente a la fecha de entrada en vigor, y cumpliendo las condiciones que se establezcan en el reglamento secundario que se expida de conformidad con lo dispuesto en la Ley. Además, decidirán liquidar en un plazo de tres meses sin perjudicar los derechos e intereses de los clientes y no aceptarán nuevos clientes durante el proceso de liquidación.
En este contexto; Aquellos que hayan estado realizando actividades de proveedores de servicios de criptoactivos a partir del 07.02.2024 y tengan la voluntad de continuar haciéndolo deben presentar sus declaraciones apropiadas, junto con información, documentos y explicaciones, al CMB por escrito antes del 08.02.2024. .
A partir del 07.02.2024, quienes vienen realizando actividades de prestación de servicios de criptoactivos y decidirán liquidar por no tener voluntad de continuar con esta actividad, deberán presentar sus declaraciones sobre cómo llevarán a cabo el proceso de liquidación ante el CMB. , junto con sus declaraciones de que tomarán una decisión de liquidación y que no aceptarán nuevos clientes durante el proceso de liquidación, antes del 08.02.2024. Deberán presentarlo por escrito.
En este contexto, los proveedores de servicios de criptomonedas ubicados en el extranjero deben poner fin a sus actividades para las personas que residen en Turquía a más tardar el 02.10.2024.
*Esto no es un consejo de inversión.