Conclusiones clave
- La DIAN de Colombia exige a los proveedores de servicios criptográficos que informen los datos de las transacciones criptográficas.
- La regulación se alinea con el Marco de presentación de informes sobre criptoactivos de la OCDE para mejorar la transparencia fiscal.
Colombia ha formalizado la integración de los activos digitales en su régimen tributario nacional mediante la adopción de reglas de presentación de informes obligatorias que se alinean con el Marco de presentación de informes sobre criptoactivos (CARF) de la OCDE.
Según la Resolución 000240 recientemente emitida, la autoridad tributaria del país, DIAN, ahora exige que las bolsas, los intermediarios y las plataformas comerciales implementen una diligencia debida rigurosa y el intercambio automatizado de datos con autoridades tributarias extranjeras para mejorar la transparencia fiscal.
Los proveedores de servicios deben recopilar y reportar información detallada sobre las transacciones y los usuarios de criptomonedas, incluida la propiedad de la cuenta, los volúmenes de transacciones, los valores justos de mercado y los beneficiarios reales.
La política cubre los criptoactivos más utilizados, como Bitcoin, Ethereum y monedas estables, excluyendo las monedas digitales del banco central, y clasifica las transferencias criptográficas que superan los 50.000 dólares como transacciones minoristas declarables automáticamente.
Las presentaciones tardías, incompletas o incorrectas pueden generar multas del 0,5% al 1% del valor de las transacciones involucradas.
Las obligaciones de presentación de informes comienzan en el año fiscal 2026, y las primeras presentaciones masivas deberán realizarse en mayo de 2027.
