La Junta Asesora de Normas Federales de Contabilidad (FASAB) ha aclarado que los criptoactivos incautados deben tratarse como “propiedad no monetaria”, mientras que Las monedas digitales de los bancos centrales (CBDC) deben tratarse como instrumentos monetarios. La autoridad federal afirma que las criptomonedas “no suelen poseer todas las características monetarias”, y enfatiza que “no son efectivas como unidad de cuenta, medio de intercambio o depósito de valor”.
Normas de contabilidad para criptomonedas incautadas
La Junta Asesora de Normas Federales de Contabilidad (FASAB) publicó el viernes un Boletín Técnico (TB) para aclarar las normas para la contabilidad y la presentación de informes de activos digitales incautados y decomisados. FASAB es responsable de desarrollar y promulgar normas de contabilidad para el gobierno de EE. UU.
Al enfatizar que las monedas digitales del banco central (CBDC) “normalmente se consideran formas digitales oficiales de dinero respaldado por el gobierno que esencialmente sirven para los mismos propósitos que el efectivo físico”, el boletín especifica:
Las entidades declarantes deben tratar las monedas digitales de los bancos centrales como instrumentos monetarios y tratar todos los demás activos digitales como propiedad no monetaria.
Todos los demás activos digitales incluyen criptoactivos, criptomonedas, monedas estables, tokens no fungibles (NFT), tokens de seguridad y monedas de privacidad, detalló FASAB.
El boletín explica que, a excepción de las monedas digitales de los bancos centrales, los activos digitales “no se consideran dinero fiduciario” y “normalmente no poseen todas las características monetarias”, y explica:
No son eficaces como unidad de cuenta, medio de intercambio o depósito de valor.
“Los criptoactivos no son un medio de intercambio eficaz debido a la falta de entidades que los acepten como forma de pago y porque los criptoactivos no poseen las mismas características que dan fuerza y legitimidad al dinero fiduciario, como el respaldo de las instituciones de una nación soberana. y sistema legal”, detalla el boletín, y agrega:
Los criptoactivos no suelen representar una reserva estable de valor, necesaria para funcionar eficazmente como dinero, debido a su importante volatilidad en el valor de mercado.
El boletín recomienda además a las entidades informantes que determinen el valor de mercado de los activos digitales incautados y decomisados utilizando “un mercado activo públicamente observable para el activo digital específico”, y señala que la administración debe ejercer su criterio al seleccionar el mercado más apropiado para la valoración.
¿Qué opinas de que las normas de contabilidad del gobierno de EE. UU. traten los criptoactivos incautados como propiedad no monetaria? Háganos saber en la sección de comentarios.