En una decisión histórica, el Tribunal Superior Nacional de Brasil decidió que cuando los fondos no están disponibles para la incautación en el sistema bancario, los jueces pueden enviar cartas directamente a los intercambios de criptomonedas para investigar si los deudores tienen criptografía y lo aprovechar.
El Tribunal Superior Nacional de Brasil establece que la criptomoneda puede ser incautada para las deudas
La criptomoneda está siendo reconocida e integrada en el sistema legal y económico internacional. El Tribunal Superior Nacional de Brasil (STJ) emitió una decisión histórica que estableció que la criptografía podría incautarse como pago por deudas pendientes.
El caso, que ahora ha puesto el sistema de activos digitales en la vista del sistema judicial, permite un nuevo conjunto de oportunidades para redimir las deudas de los actores que no han utilizado el sistema financiero tradicional para almacenar fondos.
El tribunal basó su decisión en el hecho de que las criptomonedas son activos sujetos a impuestos, cuyas transacciones deben informarse al servicio de ingresos federales, e incluso si no es una licitación legal, se pueden usar como una forma de pago y una tienda de valor.
No obstante, en su decisión, la entidad reconoce que hay dificultades operativas con respecto a la confección de los activos digitales, ya que pueden ser trasladados de los intercambios regulados. En este sentido, el tribunal comentó que ya se está desarrollando un nuevo sistema diseñado para facilitar este tipo de acción.
El fallo establece que:
La implementación de un sistema como este indudablemente hará que sea más simple y rápido buscar activos criptográficos propiedad de la parte ejecutada y llevar a cabo la incautación respectiva en ellos.
La apelación resuelve una controversia creada por una solicitud anterior a un tribunal que confisara los activos de criptomonedas. Antes, la primera cámara reservada para la ley comercial del Tribunal de Justicia de Sao Paulo negó esta solicitud, argumentando que hay una falta de regulación con respecto a la comercialización de estos activos en Brasil.
De la misma manera, también estableció que permitir estas búsquedas rompería la confidencialidad financiera de la parte ejecutada sin agregar ningún valor para resolver los requisitos de los acreedores.
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